Acordada Electoral Nº1
Acordada Electoral n° 1/2014
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de
diciembre de dos mil catorce, se reúnen en Acuerdo en razón de haber
tomado conocimiento del decreto n° 530/GCBA/2014 de convocatoria a
elecciones (BOCBA 4549 de 29/12/2014), el Vicepresidente del Tribunal
Superior de Justicia, José Osvaldo Casás y las juezas Alicia E. C. Ruiz,
Ana María Conde e Inés M. Weinberg
consideran:
1. El 29 de diciembre de 2014 se publicó en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires n° 4549 el decreto n° 530-GCBA- 2014 mediante
el cual el Jefe de Gobierno convoca al electorado de la Ciudad de Buenos
Aires a elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para la
selección de los candidatos a Jefe de Gobierno, Diputados y miembros de
las Juntas Comunales el día 26 de Abril de 2015; para elegir Jefe y Vice
Jefe de Gobierno, Diputados y miembros de las Juntas Comunales el día
5 de Julio de 2015; y para una eventual segunda vuelta el día 19 de julio
de 2015.
2. Tal como ha ocurrido para las elecciones de los años 2000,2003,
2005, 2007, 2009, 2011 y 2013 y de acuerdo con lo establecido en el
artículo 113 inc. 6 de la Constitución de la Ciudad, corresponde a este
Tribunal ejercer las funciones que, conforme al Código Electoral Nacional,
son propias de la Junta Electoral y de los jueces electorales. Todo ello en
el marco del “Convenio de Colaboración” suscripto el 27 de febrero de
2007 entre el Poder Judicial de la Nación —representado por la Cámara
Nacional Electoral y el Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal—
el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y el Tribunal.
3. La asignación al Tribunal de la competencia electoral debe ser
interpretada de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial que establece las facultades y deberes de la
Presidencia del Tribunal Superior de Justicia y con el art. 5 del
Reglamento aprobado por Acordada nº 7 (texto ordenado según Acordada
n° 13/2012 del 16/10/2012, BOCBA nº 4027) en cuanto admite la
distribución de funciones administrativas entre la Presidencia y la
Vicepresidencia.
Igualmente resulta conveniente garantizar a los participantes del
proceso electoral la posibilidad de recurrir ante el Tribunal las decisiones
que se adopten sólo por la Presidencia.2
4. Las etapas del proceso electoral se ajustarán al cronograma que
como Anexo I integra esta Acordada. Con la finalidad de poner en
ejecución las tareas que demanda su cumplimiento es necesario adoptar
de inmediato todas aquellas medidas que no admiten demora.
5. Corresponde además publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad y
en el sitio web institucional del Tribunal el listado de partidos políticos
informados por la Justicia Federal Electoral del distrito que cumplen con los
requisitos del artículo 4 del decreto nº 376/GCBA/2014 y del art. 2º, decreto
nº 441/GCBA/201.
6. En atención al proceso electoral en curso, por razones de orden
y celeridad resulta conveniente –como se ha decidido en años electorales
anteriores- que el registro de las resoluciones dictadas en el ejercicio de
la competencia establecida en el art. 113. Inc. 6 CCBA por el Tribunal o
por su Presidencia, se unifique en un protocolo especial destinado a ese
efecto.
Además es aconsejable, por el motivo indicado, poner a cargo de la
Secretaría de Asuntos Originarios las tareas de protocolización y custodia
del referido registro hasta la finalización del año 2015.
7. En atención a la feria judicial de enero, corresponde decretar la
habilitación del Tribunal durante ella, exclusivamente para las causas
relacionadas con materia electoral y de partidos políticos. A ese fin resulta
apropiado disponer la apertura de la Mesa de Entradas Electoral, que
funcionará de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 horas, a partir del 5
de enero y hasta el 31 de julio de 2015 y poner a su cargo al prosecretario
administrativo mayor Roberto Néstor Asorey, quien se ha desempeñado
en Mesa de Entradas Judicial y cuenta con vasta experiencia en materia
electoral, asistido por el agente Manuel Gallo.
Toda vez que el día 6 de enero de 2015 se cierran las novedades
para el padrón de electores, durante el mes de enero se inscribirá en el
Registro de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros solamente hasta
esa fecha, en el horario de 9 a 16 horas.
8. Teniendo en consideración que en el año 2015 se celebrarán
también los comicios para elegir autoridades nacionales (9 de agosto, 25
de octubre y 22 de noviembre) se entiende conveniente a los fines de
mantener, en la media de lo posible, los establecimientos y mesas de
votación para cargos locales y federales, establecer que las mesas sean
mixtas (conf. Acordada Electoral n° 4/2011) y que se integren con hasta
trescientos cincuenta (350) electores (de igual modo que en el ámbito
federal). “2014, Año de las letras argentinas“.
3
9. También es adecuado establecer que el diseño de padrón a
utilizar sea el mismo que el empleado en el ámbito federal a fin de mejorar
la identificación del elector y otorgarle un comprobante de la emisión de
voto (troquelado).
Por ello,
el Tribunal Superior de Justicia,
acuerda:
1º. La Presidencia del Tribunal adoptará las medidas que sean
necesarias para cumplir con las etapas del proceso electoral en el
ejercicio de la competencia establecida en el artículo 113 inciso 6 de la
Constitución de la Ciudad, y decidirá todas las cuestiones de trámite e
interlocutorias vinculadas con dicho proceso, con excepción de las que se
enuncian en el punto 2.
2º. El Tribunal decidirá las cuestiones previstas en el Capitulo II
del Título V y en el artículo 52 incs. 3, 4, 5 y 6, del CE; en los artículos 26
y 27 de la ley n° 268 y en los arts. 24 y 26 del Anexo I de la ley n° 4894 y
su decreto reglamentario n° 376-GCBA-2014 y los arts. 4 inc. e, 6, 7, 8 y
10 del Anexo II de la ley n° 4894 y su decreto reglamentario n° 441-
GCBA-2014.
3º. La Presidencia podrá encomendar a la Vicepresidencia la
intervención en su reemplazo o su participación conjunta en los actos y
audiencias que deban practicarse cuando así lo considere conveniente
para el mejor desarrollo del proceso electoral o cuando razones
vinculadas con la atención de los demás asuntos judiciales y
administrativos en trámite ante el Tribunal así lo aconsejen. También
podrá someter a consideración del pleno del Tribunal aquellas cuestiones
que, a su juicio, justifiquen su decisión en forma colegiada, por su
trascendencia.
4º. Las decisiones de la Presidencia y, en su caso, de la
Vicepresidencia, sólo son impugnables mediante recurso de reposición, el
que se regirá, en lo pertinente, por lo dispuesto en los artículos 212 a 214
del CCAyT y será resuelto por el Tribunal en pleno.
5º. Aprobar el cronograma electoral que, como Anexo I, integra
esta Acordada.
6º. Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página web del
Tribunal el listado de partidos políticos, informados por la Justicia Federal
Electoral del distrito, que cumplen con los requisitos del artículo 4 del
decreto nº 376/GCBA/2014 y del art. 2º, decreto nº 441/GCBA/2014 que,
como Anexo II, integra esta Acordada.
7º. Disponer la apertura del Protocolo “Electoral año 2015” que se
iniciará con la presente resolución. 4
8º. Decretar la habilitación del Tribunal durante la feria judicial de
enero de 2015 exclusivamente para las causas relacionadas con materia
electoral y de partidos políticos.
9° Disponer la apertura de la Mesa de Entradas Electoral, que
funcionará de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 horas, a partir del 5
de enero y hasta el 31 de julio de 2015 y poner a su cargo al prosecretario
administrativo mayor Roberto Néstor Asorey, asistido por el agente
Manuel Gallo.
10° Establecer que durante el mes de enero de 2015, el Registro de
Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros inscribirá hasta el día 6
inclusive, en el horario de 9 a 16 horas.
11º. Constituir mesas mixtas de votación con hasta trescientos
cincuenta (350) electores.
12º. Adoptar el diseño del padrón federal para el proceso electoral
año 2015.
13°. Mandar que se registre, se ponga en conocimiento del Poder
Ejecutivo, de la Legislatura, de las Juntas Comunales, del Ministerio
Público Fiscal, de la Auditoría General de la Ciudad, de la Dirección General
Electoral y del Juzgado Federal Electoral, mediante el libramiento de los
oficios correspondientes y que se publique en el sitio web del Tribunal y
por un día en el Boletín Oficial.
El juez Luis Francisco Lozano no suscribe la Acordada por estar
en uso de licencia.
Firmado: Casás. Conde. Ruiz.Weinberg
No hay comentarios:
Publicar un comentario